Política Anticorrupción y Soborno

1.- OBJETIVO

 

La presente política de Servicios y Trabajos Forestales Setrafor Cía. Ltda., tiene como objetivo que dentro de sus actividades prevalezca un alto valor ético para promover una cultura anticorrupción y antisoborno.

 

2.- ALCANCE

 

Esta política es de aplicación obligatoria para todas las partes interesadas como clientes, proveedores, miembros de grupo y en general a todos aquellos con quienes se establezca alguna relación comercial directa o indirecta.

 

3.- DEFINICIONES

 

3.1 Definiciones

 

Corrupción. –  es el abuso de poder con el fin de generar una ganancia o beneficio personal.

 

Ética. – conjunto de costumbres y normas que dirigen o valoran el comportamiento humano en una comunidad.

 

Soborno. – oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directamente o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.

 

4.- CONTENIDO

 

Setrafor Cía. Ltda., prohíbe el soborno y la corrupción en todas sus relaciones comerciales, así como para sus clientes, proveedores, miembros de grupo y administradores. Esta política se basa en la aplicación de la legislación vigente y aplica a todas las actividades realizadas entre Setrafor y cualquier otra organización sea esta pública o privada.

 

5.- CANAL DE DENUNCIAS

 

Setrafor Cía. Ltda., siguiendo su principio de ética y de informar cualquier acto de soborno o corrupción, pone en conocimiento el canal de denuncias donde podrán dar a conocer este tipo de actos:

 

5.1 Canales establecidos

 

Gerencias Administrativas:

 

Correo empresarial: tellog@endesabotrosa.com

Correo empresarial: ccarrión@seragroforest.com

 

Recursos Humanos:

 

Correo empresarial: carreram@endesabotrosa.com

Correo empresarial: vguerrero@seragroforest.com

 

 

6.- SANCIONES

 

Ningún colaborador, proveedor y/o miembro de grupo de la empresa debe proponer o recibir sobornos, de así hacerlo se aplicarán las sanciones establecidas de acuerdo a la gravedad de la falta y se actuará de acuerdo a la legislación vigente.

 



PABLO LARREÁTEGUI NARDI

PRESIDENTE